ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL EL DIA 26 DE NOVIEMBRE DE 2009.
En Olvega, a 26 de noviembre de 2009, siendo las 18,30
horas, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa
Consistorial los señores expresados a continuación, al
objeto de celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno
Local de este Ayuntamiento, en primera convocatoria, bajo
la presidencia del Sr. Alcalde y asistidos del Secretario-
Interventor de la Corporación.
Sres. Asistentes: Alcalde, D. Gerardo Martínez
Martínez. Tenientes de Alcalde, D. Jesús Escribano Galán,
D. Francisco Javier Navarro Ganaza y Dª Mª Pilar del Toro
Marín.
Secretario-Interventor: D. Fernando Baila Villar.
Abierta la sesión por la Presidencia, se pasó a tratar
de los asuntos comprendidos en el Orden del Día del modo
siguiente.
1º.- APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR
habiéndose formulado ninguna observación al acta de la
sesión celebrada el día 12 de noviembre de 2009, la Junta
acuerda por unanimidad su aprobación.
.- No
2º.- SEGREGACION Y PERMUTA DE TERRENOS
del expediente tramitado, así como de los informes obrantes
en el mismo, la Junta acuerda por unanimidad:
Primero.- Aprobar la permuta con D. Valentín Jiménez
García de las siguientes propiedades:
- Propiedad de D. Valentín Jiménez García:
* Terreno de 640 metros cuadrados que forma parte de
la antigua finca rústica 504 del polígono 5, ahora suelo
industrial, cuya segregación de la finca matriz de 53.720
metros cuadrados se autoriza en este mismo momento. Dicha
porción la precisa el Ayuntamiento para la apertura de un
nuevo vial en el Polígono Industrial.
- Propiedad a permutar:
* Subparcelas a y b de la finca rústica 1179 del
polígono 11, sitas en el paraje Araviana, con una
superficie de 2.623 y 4.814 metros cuadrados
respectivamente. En este mismo momento se autoriza la
segregación de la subparcela c, con una superficie de
15.503 metros cuadrados, porción que no es cultivable y
queda reservada para la ampliación de la subestación
eléctrica transformadora “Moncayo”, colindante con esta
parcela o para cualquier otra infraestructura que precise
el Municipio.
Segundo.- Realizándose la permuta por iniciativa del
Ayuntamiento, motivada por la satisfacción de intereses
públicos, la Junta declara equilibradas las prestaciones de
las partes, no habiendo lugar a compensaciones en metálico.
Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente de este
Ayuntamiento, D. Gerardo Martínez Martínez, para la firma
de cuantas escrituras y documentos se precisen en ejecución
del presente acuerdo.
.- Dada cuenta
3º.- LICENCIAS DE OBRAS
tramitados, así como los informes obrantes en los mismos,
la Junta acuerda por unanimidad conceder las siguientes
licencias de obra, así como aprobar las correspondientes
liquidaciones en concepto de impuesto sobre construcciones,
instalaciones y obras:
- A D. Gerardo Rubio Calvo, para obras menores en el
establecimiento situado en la Plaza de España, nº 6.
(Sustitución de suelo y apertura de arquetas).
- A la comunidad de vecinos de la calle Numancia, nº 8,
para obras menores consistentes en la sustitución de
cubierta de fibrocemento por teja. Deberá darse al
fibrocemento el destino que marca la normativa para este
tipo de residuos.
- A D. José Vilches Molina, para obras menores en la
casa de la calle Gustavo Adolfo Bécquer, nº 10. (Retejado
de cubierta y reparación de canalón).
- A Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., para la
modificación de la línea eléctrica de media tensión
existente en la calle Viriato.
.- Vistos los expedientes
4º.- VENTA DE PARCELA INDUSTRIAL
expediente de enajenación mediante concurso tramitado, la
Junta aprueba por unanimidad la adopción del siguiente
acuerdo.
Primero.- Adjudicar a Bio-Aña Productos Ecológicos,
S.L. una parcela integrante del Patrimonio Municipal del
Suelo, con una superficie de 1.730 m2, situada en el
Polígono Industrial “Emiliano Revilla Sanz”, Avenida de
Zamora, nº 10, por importe de 25.993,77 euros, más I.V.A..
Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D.
Gerardo Martínez Martínez, para la firma de las escrituras
públicas y de los demás documentos necesarios para la
ejecución del presente acuerdo.
.- Dada cuenta del
5º.- RECURSO CLAUSURA EXPLOTACION PORCINA
17 de noviembre se ha interpuesto recurso de reposición por
D. Santiago Alberto Calavia Peñuelas contra el acuerdo de
esta Junta de Gobierno de 8 de octubre de 2009 en virtud
del cual se clausuraba la explotación porcina sita en Muro,
paraje “Camino de la Fuente”, titularidad del recurrente.
Alude el recurrente al inicio del expediente mediante
una comunicación carente de motivación y formalidad y ajena
a cualquier procedimiento, que en realidad era un mero
requerimiento haciéndole conocedor de la situación de su
explotación porcina, la cual dada su escasa distancia al
casco urbano de Muro, no podía legalizarse por
incumplimiento de la normativa vigente e instándole a que
procediera a su clausura, con carácter inmediato y
definitivo.
Como decimos era un mero requerimiento que se podía
haber atendido voluntariamente, pues de hecho así se había
manifestado verbalmente en este Ayuntamiento y además en la
práctica se venía observando, pues ya no había animales en
la explotación.
Por el contrario, dentro del derecho que asiste al
interesado se presentó un escrito de contestación al citado
requerimiento, que dio lugar a la resolución ahora
recurrida, de la que no puede predicarse falta de
motivación, cuando claramente se indica en la Resolución la
justificación de la misma que no es otra que lo dispuesto
en el artículo 68 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de
Prevención Ambiental de Castilla y León, al señalar que
cuando la Administración competente tenga conocimiento de
que una actividad funciona sin autorización o licencia
ambiental, efectuará las siguientes actuaciones:
a) Si la actividad pudiera legalizarse, requerirá al
titular para que regularice su situación…
b) Si la actividad no pudiera legalizarse por
incumplimiento de la normativa vigente, se deberá proceder
a su clausura.
Mediante escrito presentado el día 7 de octubre de
2009, D. Santiago Alberto Calavia Peñuelas manifiesta que
la explotación lleva realizando la actividad alrededor de
30 años, sin que hasta la fecha se le haya prohibido el
ejercicio, ni se la haya comunicado que exista ningún tipo
de irregularidad técnica ni desde el punto de vista
sanitario.
Alega que el 17 de marzo de 2003 se autorizó por la
Alcaldía el cambio de titularidad de la explotación porcina
de Dª Ana Peñuelas Pérez a D. Santiago Alberto Calavia
Peñuelas.
Hay que reiterar que se trata de una explotación
carente de cualquier tipo de licencia, ni urbanística ni
ambiental, que se ejecutó en su día sin que exista o al
menos se haya presentado proyecto de ningún tipo, no
admitiéndose que la autorización de cambio de titularidad
otorgue autorización ni licencia para el ejercicio de la
actividad.
Dice que la explotación cuenta con licencia y
autorización concedida en su día por el Ayuntamiento de
Olvega, pero lo cierto es que ni consta en este
Ayuntamiento ni se aporta por la parte recurrente.
La actividad no puede legalizarse, dado que se
incumplen las distancias mínimas establecidas por el Real
Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen
normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas,
que contempla una distancia mínima de 1 kilómetro entre las
explotaciones de los grupos segundo y tercero a los cascos
urbanos, y de 500 metros si se trata de explotaciones del
grupo primero, siendo que en el caso que nos ocupa la
explotación se encuentra pegada al casco urbano de Muro y
cuando se hace tal afirmación no hace falta emitir un
informe técnico pues es un hecho de tal evidencia, que el
propio recurrente es perfecto conocedor de que la
explotación no está ni a 1 kilómetro ni a 500 metros. Si no
fuera así la primera alegación hubiera versado en
desvirtuar tal afirmación y aportar un plano en el que
constase una separación mayor al casco urbano, pero nada se
aporta. No obstante se incorpora a la presente resolución
plano de ubicación de la explotación con respecto al casco
urbano de Muro, donde se aprecia claramente que la
distancia es inferior a 100 metros.
No se puede admitir que se haya prescindido del
procedimiento establecido ni privado al administrado de su
derecho a realizar alegaciones, pues es precisamente lo que
ha hecho en dos ocasiones, habiendo manifestado todo cuanto
ha tenido a bien.
Se afirma que la resolución recurrida no acredita la
causa por la cual se debe proceder al cierre de la
explotación ni cuales son los motivos y criterios legales
para la adopción de la decisión, lo cual no puede ser
admitido, ya que se ha explicado con total claridad la
normativa en virtud de la cual debe procederse a la
clausura.
Son dos los hechos principales que no se desvirtúan por
el recurrente:
1.- Que se trata de una actividad carente de licencia.
2.- Que no puede legalizarse por encontrarse a una
distancia inferior al casco urbano de la mínima permitida.
Por tanto, la Junta acuerda por unanimidad desestimar
el recurso de reposición formulado contra el acuerdo de
esta misma Junta de 8 de octubre de 2009, confirmándolo en
todos sus extremos.
.- Con fecha
6º.- CERTIFICACIONES 4 Y 5 OBRA CASA DE CULTURA Y
JUVENTUD
correspondientes a la obra de construcción de la Casa de
Cultura y Juventud, de fechas 30 de septiembre y 30 de
octubre de 2009 respectivamente, mediante las que se
acredita un importe de obra que asciende a 49.472,70 y
85.594,05 euros respectivamente, la Junta acuerda por
unanimidad aprobar las certificaciones de referencia.
.- Vistas las certificaciones números 4 y 5,
7º.- CONTRATACION SERVICIO LIMPIEZA VIARIA
acordó por unanimidad aprobar el pliego de cláusulas
administrativas particulares que ha de regir la
contratación del servicio de limpieza viaria del municipio
de Olvega.
.- La Junta
8º.- CONTRATACION SERVICIO DE JARDINERIA
acordó por unanimidad aprobar el pliego de cláusulas
administrativas particulares que ha de regir la
contratación del servicio de mantenimiento de parques,
jardines y zonas verdes del Ayuntamiento de Olvega.
.- La Junta
9º.- PRESTACIONES SANITARIAS
aportado por la empleada de este Ayuntamiento, Dª Asunción
de la Puerta Mendoza, la Junta acuerda por unanimidad
conceder la cantidad de 145,20 euros como ayuda en concepto
de prestación sanitaria.
.- Visto el justificante
10º.- SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DEL PERSONAL
MUNICIPAL
de servicios extraordinarios prestados por personal laboral
en trabajos municipales, importando la cantidad total de
510,00 euros.
.- Se acuerda por unanimidad aprobar la relación
11º.- RELACION DE ORDENACION DE PAGOS
acuerda por unanimidad aprobar la relación de cuentas y
facturas nº 19/2009 que a efectos de ordenación del pago ha
sido presentada por la Intervención por un importe de
172.741,89 euros.
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A continuación la Junta pasa a tratar de los siguientes
asuntos, previa declaración de urgencia de cada uno de
ellos, en los términos del artículo 83 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
.- La Junta
CESION USO DE LOCAL
presentado escrito en el que manifiesta su voluntad de
solicitar una ayuda a Proynerso, dentro del apartado de
ayudas a actividades e inversiones de carácter no
productivo, a fin de desarrollar un proyecto denominado
“Equipamiento del Grupo de Recreación Augustóbriga”, que
contempla la rehabilitación y acondicionamiento de un local
de 150 m2 de superficie, situado en la calle Nueva de Muro,
titularidad de este Ayuntamiento, para su uso como lugar de
ensayos, desarrollo de talleres educativos, complemento al
Centro de Interpretación, almacén y taller, contemplando
una inversión de 69.750,40 euros y solicita la cesión de
uso de dicho local durante un plazo de 15 años.
La Comisión, habiendo estudiado y debatido el asunto,
acuerda por unanimidad la cesión de uso del local
municipal, sito en la calle Nueva de Muro, a favor de la
Asociación Amigos de Muro, por un plazo de 5 años, con la
posibilidad de acordar una o varias prórrogas hasta llegar
a 15 años, siempre que al tiempo de vencimiento del plazo
originario de cesión o de cualquiera de las prórrogas, se
mantenga el destino del inmueble al fin para el que ha sido
cedido y el Ayuntamiento no precise el local para otro uso.
.- La Asociación Amigos de Muro ha
12º.- RUEGOS Y PREGUNTAS
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la
sesión por la presidencia a las 19,30 horas. De todo lo
cual se extiende acta por mí, el Secretario, que doy fe.
.- No se producen.
