OBJETO
Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar la rehabilitación de fachadas, tejados, derribo y desescombro de edificaciones, retirada de cubiertas de fibrocemento y cerramiento de solares.
BENEFICIARIOS
Serán beneficiarios de las subvenciones los propietarios o usufructuarios de inmuebles de uso predominantemente residencial, situados en el casco antiguo de Ólvega y en el casco urbano de Muro.
CUANTÍA
La cuantía total prevista para esta convocatoria asciende a 50.000,00 euros, la cual podrá ser ampliada sin necesidad de nueva convocatoria, en función de la demanda que se produzca.
Las cuantías por cada tipo de actuación son las siguientes:
* Arreglo de fachadas, 50,00 €/m2, con un máximo de 3.000,00 €.
* Arreglo de tejados, 30,00 €/m2, con un máximo de 3.000,00 €.
* Derribo y desescombro, 30% del coste con un máximo de 2.000,00 €.
* Retirada de cubiertas de fibrocemento, 30% del coste con un máximo de 2.000,00 €.
* Cerramiento de solares, 30% del coste con un máximo de 2.000,00 €.
* Adicionalmente para todos los supuestos anteriores se otorgará una subvención equivalente a la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que resulte de aplicación.
COMPATIBILIDAD
Las presentes ayudas son compatibles con las que puedan conceder otros organismos, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de la actuación.
SOLICITUDES
Las solicitudes podrán presentarse presencialmente en las Oficinas Municipales, a través de registro electrónico o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo: Desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases hasta agotar los fondos disponibles, sin perjuicio de la posibilidad de su ampliación.
DOCUMENTACIÓN
Junto al escrito de solicitud de subvención (Anexo I), deberá presentarse la solicitud de licencia de obras o declaración responsable, según proceda, acompañada del proyecto, memoria técnica o presupuesto de la actuación a realizar.
En el caso de fachadas y tejados se hará constar la superficie objeto de la intervención.
RESOLUCIÓN
Según se vayan recibiendo solicitudes, previos los informes técnicos oportunos, se formulará la correspondiente propuesta de concesión de subvención, de conformidad con los criterios que rigen la convocatoria y la documentación presentada.
La propuesta se elevará a la Junta de Gobierno, quien resolverá sobre la concesión de las ayudas.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
Las actuaciones objeto de ayuda deberán estar finalizadas y justificadas como tarde el día 15 de diciembre de 2027.
Para la justificación de las ayudas se presentarán copias de las facturas acreditativas de las actuaciones realizadas junto con sus justificantes de pago, así como justificante de haber entregado los residuos de construcción y demolición a gestor autorizado.
Una vez llevadas a cabo las comprobaciones oportunas, se procederá al ingreso de la ayuda en la cuenta bancaria facilitada en la solicitud.

